El postulante deberá presentar en físico la evaluación comunitaria (firmada por el director de unidad educativa) al aplicador correspondiente para que éste a su vez, en forma ordenada y bajo lista entregue a los funcionarios de la Dirección Departamental de Educación designados con memorándum.
Los funcionarios de la Dirección Departamental de Educación encargados de recepcionar del aplicador las evaluaciones comunitarias, deberán centralizarlas, ordenarlas y remitirlas el mismo día al Viceministerio de Educación Regular, debiendo tomar las previsiones para su embalaje y envío.
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